jueves, 18 de marzo de 2010

Reestablecen vigencia de Ley de Incentivos Migratorios


De acuerdo a lo señalado en el artículo 6º de la Ley Nº 28182, Ley de Incentivos Migratorios, la vigencia de los beneficios establecidos en la misma vencían a los cinco años de haberse expedido la reglamentación de la misma (D.S. Nº 028-2005-EF.- Aprueba Reglamento de la Ley Nº 28182 - Ley de Incentivos Migratorios), es decir el 02 de marzo de 2010.

Con la finalidad de continuar beneficiando a los ciudadanos peruanos en el exterior con los incentivos migratorios; con fecha 12 de marzo del presente año se publicó en las Normas Legales del Diario El Peruano la Ley Nº 29508 “Ley que establece la vigencia de la Ley Nº 28182, Ley de Incentivos Migratorios”, la misma que regirá por tres años, a partir del 13 de marzo de 2010.

La referida Ley Nº 29508 modifica la primera disposición Final de la Ley Nº 28182 incorporando el apoyo de los Consejos de Consulta en la difusión des estos beneficios.

Todo sobre la Ley de Incentivos Migratorios:
http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informca/LeyIM.htm